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Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se aprueban las Bases de la Convocatoria 2025 de Ayudas a Personas Refugiadas de la Universidad Rey Juan Carlos

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención de la Universidad Rey Juan Carlos te ofrece la oportunidad de recibir apoyo económico para facilitar la integración de personas refugiadas. El dinero puede ser utilizado para cubrir diversos gastos relacionados con su acogida y adaptación en la comunidad.

¿A quién va dirigida?

  • Personas refugiadas que deseen integrarse en la sociedad española.
  • Organizaciones y entidades que trabajen en proyectos de apoyo a refugiados.
  • Estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos que sean refugiados.

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Costes de alojamiento temporal.
  • Gastos de formación y capacitación laboral.
  • Asesoramiento legal y social.
  • Material escolar y educativo.

Cuantía y Plazos

La cuantía de la ayuda puede variar según la convocatoria, así que es importante consultar las bases. Las solicitudes se pueden presentar durante el periodo establecido en la convocatoria.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos. Necesitarás un certificado digital para presentar tu solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si no tengo residencia legal en España? No, es necesario tener un estatus legal para poder optar a la subvención.
  • ¿Cuánto tiempo tengo para justificar los gastos? Generalmente, tendrás un plazo específico tras recibir la ayuda para presentar la justificación correspondiente.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda si ya recibí otra subvención? Sí, pero debes asegurarte de que no se superen los costes totales del proyecto entre ambas ayudas.
  • ¿Qué ocurre si no gasto todo el dinero de la ayuda? Normalmente, solo se justificarán los gastos realmente realizados, así que no hay problema si no utilizas la totalidad de la subvención.

Ficha Técnica

España

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