BDNS: 854820ABIERTA

Resolución de Presidencia 2025/8268 de 3 de septiembre, referente a Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a deportistas de la provincia de Málaga que compitan individualmente o por parejas. Anualidad 2025.

DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo económico para que los deportistas de la provincia de Málaga que compiten individualmente o por parejas puedan cubrir parte de sus gastos. Con esta ayuda, podrás financiar aspectos esenciales relacionados con tu actividad deportiva, como material, desplazamientos o formación.

¿A quién va dirigida?

  • Deportistas de élite de la provincia de Málaga
  • Atletas que compiten individualmente o en parejas
  • Personas que representen a clubes deportivos malagueños

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Material deportivo
  • Gastos de desplazamiento a competiciones
  • Costes de inscripción en eventos deportivos
  • Formación y preparación deportiva

Cuantía y Plazos

La subvención puede alcanzar hasta 5000€, aunque la cantidad exacta dependerá de la evaluación de tu solicitud. Puedes solicitarla según convocatoria, así que estate atento a las fechas establecidas.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga. Necesitarás un certificado digital para realizar la solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si compito en un deporte no convencional?
    Sí, siempre que seas un deportista que compita individualmente o por parejas en Málaga.
  • ¿Hay algún límite de edad para solicitar la subvención?
    No, la ayuda está disponible para deportistas de todas las edades.
  • ¿Qué documentos necesito para la solicitud?
    Necesitarás justificar tu actividad deportiva y presentar un presupuesto de los gastos.
  • ¿Se puede solicitar la ayuda si tengo un patrocinador?
    Sí, la ayuda es compatible con otros ingresos, pero no debe exceder el coste total de la actividad.

Ficha Técnica

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