BDNS: 848229ABIERTA

Resolución de 24 de julio de 2025,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 6 (Mínimi 1408/2013)

ANDALUCÍA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te proporciona apoyo económico para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Puedes recibir hasta 5000€ para implementar medidas que mejoren tu calidad de vida y la de tu familia, como servicios de cuidado o programas de flexibilidad laboral.

¿A quién va dirigida?

  • Familias con hijos a cargo
  • Personas con responsabilidades de cuidado
  • Trabajadores en situación de conciliación laboral

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Contratación de servicios de cuidado infantil
  • Formación sobre conciliación de la vida laboral y familiar
  • Adquisición de materiales para el teletrabajo
  • Actividades de ocio y recreo para niños

Cuantía y Plazos

Puedes solicitar hasta 5000€ en función de tus necesidades y circunstancias. La convocatoria estará abierta hasta agotar el presupuesto disponible, así que no te lo pienses demasiado.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si soy autónomo? Sí, los autónomos también pueden beneficiarse de esta subvención si cumplen los requisitos establecidos.
  • ¿Es necesario presentar facturas para justificar los gastos? Sí, debes presentar las facturas correspondientes a los gastos subvencionables.
  • ¿Qué ocurre si no gasto todo el dinero concedido? Solo recibirás el importe que justifiques con gastos reales.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda si ya recibí otra subvención? Sí, siempre que las ayudas no superen el coste total de la actividad y cumplan con las bases.

Ficha Técnica

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