BDNS: 858069ABIERTA

Resolución de 22 de septiembre de 2025,Subvenciones establecidas en la Orden de 05.10.2020,por la que se aprueban las BB.RR. para la concesión de subvenciones dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Linea 9-Mínimis Pe 717/2014

ANDALUCÍA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo económico para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Puedes recibir hasta 5000€ para implementar medidas que te ayuden a equilibrar tus responsabilidades laborales y familiares.

¿A quién va dirigida?

  • Trabajadores por cuenta ajena
  • Autónomos
  • Empresas que implementen medidas de conciliación

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Contratación de servicios de cuidado infantil
  • Programas de formación sobre conciliación
  • Implementación de horarios flexibles
  • Equipamiento para teletrabajo

Cuantía y Plazos

Puedes solicitar una ayuda de hasta 5000€. La convocatoria suele estar abierta hasta finales de año, pero verifica las fechas exactas en la sede electrónica.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si soy autónomo? Sí, los autónomos también pueden beneficiarse de esta subvención.
  • ¿Es necesario presentar justificantes de gastos? Sí, deberás justificar los gastos para recibir el pago de la ayuda.
  • ¿Qué sucede si no utilizo todo el dinero para los gastos subvencionables? Solo recibirás la parte correspondiente a los gastos justificados.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda si estoy en ERTE? No, debes estar en una situación laboral activa para poder pedirla.

Ficha Técnica

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