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Resolución de 14 de octubre de 2025, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación en Castilla y León para el ejercicio 2025-2026.

CASTILLA Y LEÓN

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo financiero para implementar el Programa Público Mixto de Empleo-Formación en Castilla y León. El dinero está destinado a fomentar la formación y el empleo, ayudando a cubrir los costes de programas que integren la capacitación de trabajadores con la creación de empleo.

¿A quién va dirigida?

  • Empresas y entidades que deseen formar a sus empleados.
  • Centros de formación que colaboren con el empleo.
  • Organizaciones sin ánimo de lucro que promuevan la formación laboral.

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Costes de formación de los trabajadores.
  • Materiales didácticos necesarios para la formación.
  • Salarios de los formadores.
  • Gastos de gestión del programa de formación.

Cuantía y Plazos

La cantidad exacta de la subvención variará según la convocatoria, pero puedes recibir una ayuda significativa para tus proyectos. La solicitud estará abierta según la convocatoria, así que es importante que estés atento a las fechas específicas.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Necesitarás un certificado digital para realizar la gestión.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si ya tengo un programa de formación en marcha? Sí, siempre que el programa se ajuste a los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • ¿Qué tipo de empresas pueden beneficiarse? Cualquier empresa que opere en Castilla y León y cumpla con los criterios de elegibilidad.
  • ¿Hay un límite de solicitudes por entidad? Generalmente, no hay un límite, pero cada solicitud debe ser para un proyecto diferente.
  • ¿Qué sucede si no utilizo todo el dinero recibido? Debes justificar los gastos reales, y cualquier cantidad no utilizada podría requerir su devolución.

Ficha Técnica

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