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Orden de 9 de diciembre de 2025 por la que se convocan ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del "Programa 2% Cultural" del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece financiación para realizar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español. Puedes recibir hasta 5000€ para mantener o mejorar la belleza y la historia de estos lugares tan importantes.

¿A quién va dirigida?

  • Propietarios de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico.
  • Entidades públicas y privadas que gestionen estos bienes.
  • Asociaciones y fundaciones que trabajen en la preservación del patrimonio.

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Obras de restauración y conservación.
  • Estudios previos necesarios para la intervención.
  • Materiales específicos para la conservación.
  • Honorarios de arquitectos y técnicos especializados.

Cuantía y Plazos

La cantidad máxima que puedes recibir es de 5000€, aunque esto puede variar según la convocatoria. Debes presentar tu solicitud antes de la fecha límite establecida en la convocatoria.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Necesitarás un certificado digital para completar la solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si mi inmueble no está catalogado como Patrimonio? No, solo se financian inmuebles que formen parte del Patrimonio Histórico Español.
  • ¿Es necesario presentar un proyecto técnico? Sí, necesitarás un proyecto que justifique la intervención que deseas realizar.
  • ¿Hay límite de solicitudes por persona? Generalmente, no hay un límite, pero cada solicitud debe ser para un inmueble diferente.
  • ¿Qué pasa si no gasto todo el dinero concedido? Solo se reembolsarán los gastos justificados hasta el límite aprobado en la subvención.

Ficha Técnica

España

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