BDNS: 882306ABIERTA

Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de incentivos a las empresas de inserción (EI) y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (códigos TR356A Y TR356C)

GALICIA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo económico para impulsar empresas de inserción en Galicia. El objetivo es fomentar la creación y consolidación de estas empresas, que ayudan a integrar laboralmente a personas en riesgo de exclusión social. Puedes recibir financiación para mejorar tu negocio y contribuir a la inclusión social.

¿A quién va dirigida?

  • Empresas de inserción
  • Entidades promotoras de estas empresas
  • Organizaciones sin ánimo de lucro con proyectos de inserción laboral

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Salarios de nuevos empleados
  • Formación y capacitación de personal
  • Inversiones en equipamiento y maquinaria
  • Gastos de funcionamiento y administración

Cuantía y Plazos

La cantidad de la subvención puede variar según el proyecto, así que revisa las bases para detalles específicos. La convocatoria estará abierta durante el año 2026, pero asegúrate de presentar tu solicitud a tiempo.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si mi empresa no está constituida aún? No, es necesario que tu empresa esté legalmente constituida para poder optar a la subvención.
  • ¿Qué requisitos debo cumplir para ser beneficiario? Debes cumplir con los criterios de ser una empresa de inserción y estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
  • ¿Hay un límite en el número de solicitudes que puedo presentar? Sí, cada empresa solo puede presentar una solicitud por convocatoria.
  • ¿Puedo usar la ayuda para cubrir deudas anteriores? No, la ayuda está destinada a nuevos gastos relacionados con la actividad de la empresa, no para saldar deudas.

Ficha Técnica

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