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Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se regulan las bases para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas de indemnización económica, dirigidas a las hijas e hijos menores de 30 años de las víctimas mortales por violenc

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¿Qué es esta ayuda?

Esta ayuda te proporciona una indemnización económica para apoyar a las hijas e hijos menores de 30 años de víctimas mortales por violencia. La finalidad es ofrecer un respaldo financiero que ayude a afrontar los gastos derivados de esta situación tan difícil.

¿A quién va dirigida?

  • Hijas e hijos menores de 30 años
  • Victimas mortales de violencia

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Gastos de alimentación
  • Costes educativos (matrícula, libros)
  • Atención psicológica
  • Gastos de vivienda (alquiler, suministros)

Cuantía y Plazos

La cuantía de la ayuda puede variar, según convocatoria. Asegúrate de solicitarla en el plazo establecido, que también se indicará en la convocatoria.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda? Solo las hijas e hijos menores de 30 años de víctimas mortales por violencia.
  • ¿Qué documentos necesito para solicitarla? Necesitarás el DNI, el certificado de defunción de la víctima y documentación que justifique los gastos.
  • ¿Puedo solicitarla si ya estoy recibiendo otra ayuda? Sí, siempre que no superen el coste total de los gastos contemplados.
  • ¿Cómo se realiza el pago de la ayuda? El pago se efectúa tras la aprobación de la solicitud y la justificación de los gastos presentados.

Ficha Técnica

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