BDNS: 850797ABIERTA

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de consumidores y usuarios para la realización de actuaciones de protección de los consumidores y ususarios en el Principado de Asturias, en el año 2025.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

¿Qué es esta ayuda?

Consigue financiación para que tu asociación de consumidores y usuarios realice actividades que protejan y defiendan los derechos de los consumidores en Asturias. Esta subvención te permite llevar a cabo proyectos que apoyen a los usuarios en sus necesidades y problemas cotidianos.

¿A quién va dirigida?

  • Asociaciones de consumidores y usuarios
  • Entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la protección del consumidor
  • Organizaciones que desarrollen proyectos en el Principado de Asturias

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Costes de personal para la ejecución del proyecto
  • Materiales y suministros necesarios para las actividades
  • Gastos de promoción y difusión de las acciones
  • Formación y capacitación de los miembros de la asociación

Cuantía y Plazos

La cantidad a recibir varía según el proyecto, así que consulta las bases para más detalles. Puedes solicitar la subvención hasta que cierre la convocatoria, así que no te demores.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del Principado de Asturias. Necesitarás un certificado digital para realizar la solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué tipo de proyectos se pueden financiar? Puedes financiar proyectos que promuevan la educación y defensa de los derechos de los consumidores.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda para actividades ya realizadas? No, la subvención es solo para proyectos futuros que se inicien después de la solicitud.
  • ¿Hay algún límite de tiempo para ejecutar el proyecto? Sí, deberás finalizar el proyecto dentro del plazo establecido en la convocatoria.
  • ¿Qué sucede si no utilizo todo el dinero concedido? Debes justificar los gastos reales y devolver cualquier importe no utilizado según lo estipulado en las bases.

Ficha Técnica

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