BDNS: 870677ABIERTA

Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva a municipios de menos de 20.000 habitantes para la financiación de inversiones destinadas al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa vigente de Bienestar Animal

DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te permite recibir financiación para realizar inversiones que cumplan con las obligaciones de la normativa de Bienestar Animal en municipios de menos de 20.000 habitantes. Es una oportunidad para mejorar la infraestructura y los servicios relacionados con el bienestar de los animales en tu localidad.

¿A quién va dirigida?

  • Municipios de menos de 20.000 habitantes en la Comunidad Valenciana
  • Administraciones locales responsables de la gestión del bienestar animal

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Construcción o mejora de refugios para animales
  • Equipamiento para el cuidado de animales
  • Programas de educación y sensibilización sobre bienestar animal
  • Contratación de personal especializado en bienestar animal

Cuantía y Plazos

La cuantía de la subvención varía según la inversión y las necesidades del proyecto. Puedes solicitarla durante el periodo establecido en la convocatoria, así que mantente atento a las fechas específicas.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Valencia. Necesitarás un certificado digital para presentar tu solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué tipo de proyectos son elegibles? Los proyectos deben estar relacionados con el bienestar animal y cumplir con la normativa vigente.
  • ¿Hay un límite de tiempo para ejecutar el proyecto? Sí, deberás completar el proyecto en el plazo que se indique en la convocatoria.
  • ¿Puedo presentar más de un proyecto? Generalmente, sí, pero consulta las bases para asegurarte de que no haya limitaciones.
  • ¿Qué pasa si no utilizo toda la ayuda? Debes justificar los gastos reales, y solo se pagará la cantidad correspondiente a los gastos justificados.

Ficha Técnica

comunidad valenciana

Ver en bases