BDNS: 884735ABIERTA

CONCESIÓN DE AYUDAS NO DINERARIAS PARA LA ADECUACIÓN DE FACHADAS. EJERCICIO 2026.

BUSOT

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo no dinerario para mejorar la estética y la funcionalidad de las fachadas de edificios en Busot. El objetivo es embellecer el entorno urbano y promover la rehabilitación de inmuebles, facilitando la adecuación de sus fachadas a estándares modernos y sostenibles.

¿A quién va dirigida?

  • Propietarios de edificios en Busot
  • Comunidades de propietarios
  • Empresas de rehabilitación de edificios

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Materiales para la rehabilitación de fachadas
  • Costes de mano de obra relacionados con la adecuación
  • Honorarios de técnicos y arquitectos
  • Estudios de viabilidad y diseño de proyectos

Cuantía y Plazos

La ayuda se ofrece en forma no dineraria, cubriendo los costes mencionados. Puedes solicitarla según convocatoria, así que mantente atento a las fechas específicas de apertura.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica de BUSOT. Necesitarás un certificado digital para presentar tu solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si mi edificio no está en Busot? No, la ayuda es exclusiva para edificios ubicados en Busot.
  • ¿Hay un límite de gasto para la ayuda? Sí, la subvención cubrirá hasta un porcentaje específico de los gastos elegibles, según la convocatoria.
  • ¿Es necesario presentar un proyecto técnico? Sí, en muchos casos se requiere un proyecto técnico que justifique las obras a realizar.
  • ¿Qué pasa si no utilizo toda la ayuda asignada? Deberás justificar los gastos reales, y cualquier importe no utilizado podría no ser subvencionado.

Ficha Técnica

España

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