BDNS: 851467ABIERTA

BASES DE LAS AYUDAS MEDIANTE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL POR CUENTA AJENA DE PARTICIPANTES EN EL TALLER DUAL DE EMPLEO, DIRIGIDAS A EMPRESAS EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN IMPARTIDA POR LOS TALLERES DUALES DE EMPLEO

MOAÑA

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece incentivos económicos para contratar temporalmente a participantes en talleres de empleo dual. Con este dinero, puedes cubrir parte de los salarios de los nuevos empleados, facilitando así su integración en el mercado laboral y apoyando el desarrollo de competencias profesionales.

¿A quién va dirigida?

  • Empresas que deseen contratar a participantes de talleres de empleo dual.
  • Entidades que promuevan la formación profesional.
  • Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la formación y el empleo.

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Salarios de los trabajadores contratados.
  • Costes de formación complementaria para los nuevos empleados.
  • Gastos de seguridad social derivados de las contrataciones.

Cuantía y Plazos

La cuantía de la ayuda varía según el tipo de contrato y el perfil del trabajador, y se puede solicitar según convocatoria vigente. Asegúrate de revisar las fechas específicas para la presentación de solicitudes.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si ya tengo empleados contratados? No, la ayuda está destinada a nuevos contratos de participantes en talleres de empleo dual.
  • ¿Qué requisitos debo cumplir como empresa? Debes estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social y tener capacidad para formar a los nuevos empleados.
  • ¿Hay un límite de ayudas que puedo solicitar? Sí, el límite dependerá de la cantidad de nuevos contratos que realices y de las bases de la convocatoria.
  • ¿Cuánto tiempo tengo para justificar los gastos? Generalmente, tendrás un plazo específico tras recibir la subvención para presentar la justificación correspondiente.

Ficha Técnica

España

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