BDNS: 882786ABIERTA

AYUDAS A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE SEVILLA CON DESTINO AL PROGRAMA DE GESTIÓN MUNICIPAL DE EMERGENCIA SOCIAL 2025.

PARADAS

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención te ofrece apoyo económico para gestionar situaciones de emergencia social en tu municipio. Puedes recibir financiación para implementar programas que ayuden a las personas en riesgo de exclusión social y mejorar su bienestar. El objetivo es fortalecer la capacidad de respuesta de las entidades locales ante crisis sociales.

¿A quién va dirigida?

  • Entidades locales de la provincia de Sevilla
  • Organizaciones sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito social
  • Administraciones públicas que gestionen programas de emergencia social

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Salarios de personal contratado para programas de emergencia
  • Materiales y suministros necesarios para la atención social
  • Costes de formación para el personal implicado en la gestión de emergencias
  • Gastos de promoción y difusión de programas sociales

Cuantía y Plazos

La cuantía de la ayuda varía según la convocatoria, así que asegúrate de consultar los detalles específicos. Las solicitudes están abiertas hasta que se cierre el periodo establecido por el organismo.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si mi entidad no tiene experiencia previa en gestión social? No es un requisito tener experiencia previa, pero se valorará la capacidad para gestionar los fondos adecuadamente.
  • ¿Hay un límite de fondos por proyecto? Sí, la convocatoria establece un límite máximo que debes revisar en las bases específicas.
  • ¿Es necesario presentar un plan de acción para solicitar la ayuda? Sí, deberás presentar un plan que detalle cómo utilizarás los fondos para abordar la emergencia social.
  • ¿Qué sucede si no gasto todo el dinero asignado? Generalmente, deberás justificar el gasto real y puede que se ajuste el importe final de la ayuda.

Ficha Técnica

España

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