BDNS: 881473ABIERTA

Ayudas 2026/2027, de la línea III, a personas trabajadoras que hayan sido beneficiarias de las ayudas de la línea I, previstas en el Decreto 39/2024, para el pago de la cuota reducida de la S. Social , según Decreto 182/2025 que las convoca.

EXTREMADURA

¿Qué es esta ayuda?

Esta ayuda te ofrece apoyo económico para pagar la cuota reducida de la Seguridad Social si ya has sido beneficiario de ayudas anteriores. Te permiten cubrir parte de los costes de tu seguridad social, facilitando así tu situación laboral y mejorando tu estabilidad económica.

¿A quién va dirigida?

  • Personas trabajadoras que han recibido ayudas de la línea I.
  • Trabajadores autónomos.
  • Empleados por cuenta ajena que cumplan los requisitos establecidos.

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Cuotas reducidas de la Seguridad Social.
  • Gastos relacionados con la contratación de personal.

Cuantía y Plazos

La cuantía de la ayuda varía según la situación del solicitante y el tipo de cuota a pagar. Puedes solicitarla durante el periodo establecido en la convocatoria, que se publicará según el decreto correspondiente.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del organismo convocante. Necesitarás certificado digital.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Es necesario haber solicitado la línea I previamente? Sí, debes haber sido beneficiario de esas ayudas para poder acceder a esta.
  • ¿Puedo solicitar la ayuda si soy autónomo? Sí, los autónomos que cumplan con los requisitos pueden beneficiarse de esta ayuda.
  • ¿Qué ocurre si no justifico correctamente los gastos? Si no justificas adecuadamente, podrías perder el derecho a la ayuda o tener que devolver el dinero.
  • ¿Puedo solicitarla si tengo deudas con la Seguridad Social? No, es obligatorio estar al corriente de pago con la Seguridad Social para acceder a esta ayuda.

Ficha Técnica

extremadura

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