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Acuerdo de fecha 14 de octubre del Pleno por el que se convocan subvenciones municipales para actividades culturales, educativas, deportivas, comercio y promoción turística, desarrollo local y otras del Ayuntamiento de Pastoriza para el año 2025

PASTORIZA, A

¿Qué es esta ayuda?

Esta subvención del Ayuntamiento de Pastoriza te ofrece apoyo económico para desarrollar actividades culturales, educativas, deportivas, comerciales y de promoción turística en tu localidad. El objetivo es impulsar iniciativas que beneficien a la comunidad y fomenten el desarrollo local.

¿A quién va dirigida?

  • Asociaciones culturales y educativas
  • Clubes deportivos
  • Comercios locales
  • Empresas de turismo
  • Particulares que realicen actividades de interés público

Gastos subvencionables (¿En qué puedo gastar el dinero?)

Esta ayuda cubre los siguientes costes:

  • Organización de eventos culturales o deportivos
  • Material didáctico y educativo
  • Publicidad y promoción de actividades
  • Mejora de infraestructuras comerciales
  • Equipamiento tecnológico para actividades

Cuantía y Plazos

La cuantía de la subvención puede variar según el tipo de actividad y el presupuesto total, así que es importante revisar las bases específicas. Según convocatoria, el plazo para solicitarla se abrirá en 2025.

¿Cómo solicitarla?

El proceso suele ser telemático a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pastoriza. Necesitarás un certificado digital para presentar tu solicitud.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Puedo solicitar la subvención si no soy residente en Pastoriza?
    No, solo están habilitadas las solicitudes de residentes o entidades con sede en Pastoriza.
  • ¿Cuántas subvenciones puedo solicitar?
    Puedes solicitar varias, siempre que cada una cumpla con los requisitos establecidos en las bases.
  • ¿Qué documentación necesito presentar?
    Necesitarás un proyecto detallado de la actividad, presupuesto y, en algunos casos, acreditaciones específicas.
  • ¿Puedo usar el dinero para pagar deudas?
    No, los fondos deben destinarse exclusivamente a los gastos subvencionables definidos en la convocatoria.

Ficha Técnica

España

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